Alerta Legal Laboral | Corte de Apelaciones de Santiago dicta importantes sentencias en materia de Reforma Laboral

6 de diciembre de 2017

Con fecha 04 de diciembre de 2017, la Corte de Apelaciones de Santiago dictó dos relevantes sentencias, en materias referidas a la aplicación de la denominada Reforma Laboral (Ley N° 20.940).

En primer lugar, la mencionada Corte de Apelaciones acogió un recurso de apelación (Rol N° 2.347-2017), determinando que los Juzgados de Letras del Trabajo son competentes para conocer de reclamos en contra de las resoluciones dictadas por la autoridad administrativa durante el proceso de calificación de los servicios mínimos de una empresa. Así, dicho tribunal señaló que, en esta materia, prima el denominado “principio de revisión judicial” en materia laboral, y, por lo tanto, los tribunales laborales son competentes para conocer de dichas reclamaciones.

En segundo lugar, la misma Corte acogió un recurso de protección (Rol N° 63.994-2017), ordenando dejar sin efecto una resolución emitida por la Inspección del Trabajo mediante la cual dicho organismo se negó a registrar un convenio colectivo suscrito entre un empleador y un grupo de trabajadores unidos para tal efecto, desconociendo el carácter de instrumento colectivo del mismo. De esta forma, la Corte de Apelaciones de Santiago ratificó el contenido de la sentencia Rol 3016-16 pronunciada por el Tribunal Constitucional, en que expresamente se señala que “la negociación colectiva es un derecho de los trabajadores en general y no de las organizaciones sindicales en particular”. En este sentido, la Corte concluyó que “unido un grupo de trabajadores para negociar colectivamente y celebrado un convenio con la empresa (…) aquél tiene el carácter de “instrumento colectivo” y es deber de la autoridad registrarlo”, motivo por el cual a través de la referida acción de protección la Corte ordena a la Dirección del Trabajo a registrar los convenios colectivos suscritos por grupos negociadores.

Para más información contactar a Fernando Arab, socio a cargo del área Laboral, en el mail farab@moralesybesa.cl.