Alerta Legal | Laboral
El pasado viernes 13 de octubre, la Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, se pronunció acerca de la incompetencia de los Juzgados de Letras del Trabajo para conocer de las reclamaciones deducidas en contra de las resoluciones dictadas por el Director Nacional del Trabajo, en el marco de la calificación de servicios mínimos.
Así, dicha resolución recalca que el artículo 360 del Código del Trabajo –norma que regula el procedimiento de calificación de servicios mínimos–, señala expresamente que la resolución emitida por la Dirección Regional del Trabajo “sólo será reclamable ante el Director Nacional del Trabajo”, motivo por el cual no existiría una instancia de reclamación judicial establecida en esta materia, de manera que concluye que los Juzgados de Letras del Trabajo carecen de competencia al efecto.
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